miércoles, 26 de noviembre de 2014

La Planificación en Venezuela

                           
            Universidad Fermín Toro
          Vice-Rectorado Académico
 Facultad  de Ciencias Económicas y Sociales
              Escuela de Administración








La Planificación en Venezuela 








 
                                               Integrante
                                                                Anyerlys Rodríguez
                                                                                                   CI: 18608334
                                                                                                  Grupo Rojo
                                                                                              SAIA B 




Sistema de Planificación

Sistemas de planificación son  los que integran normas, procedimientos y estándares para aplicar y seguir por un determinado tiempo, con el objetivo final de lograr y cumplir las metas propuestas, puede definirse también como el plan operacional a cumplir con un fin común. Dicho de otro modo son los esfuerzos  que se realizan a fin de cumplir objetivos y hacer realidad diversos propósitos  se enmarcan dentro de una planificación. Este proceso exige respetar una serie de pasos que se fijan en un primer momento, para lo cual aquellos que elaboran una planificación emplean diferentes herramientas y expresiones.

     La Planificación como actividad concertada, pensada y direccionada al logro de un fin, existe como noción intuitiva desde el principio de las llamadas grandes civilizaciones de la humanidad.

 
El sistema de Planificación Público Venezolano
 Es el conjunto articulado de órganos, entes e instancias de participación popular que, actuando bajo la coordinación del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de planificación pública, y a través de normas, instrumentos, procesos y recursos, definen, formulan, priorizan, direccionan y armonizan las políticas públicas de gobierno y la ciudadanía de conformidad con la Constitución de  la República Bolivariana  de Venezuela y la Ley.

El Sistema Nacional de Planificación de Venezuela tiene entre sus objetivos contribuir a la optimización de los procesos de definición, formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas en cada uno de sus niveles, a la efectividad, eficacia y eficiencia en el empleo de los recursos públicos dirigidos a la consecución, coordinación y armonización de los planes, programas y proyectos para la transformación del país, a través de una justa distribución de la riqueza, mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta, para el logro de las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.

 
Organismos que participan en la planificación venezolana 

El Sistema Nacional de Planificación está integrado por el Consejo Federal de Gobierno; los consejos de planificación y coordinación de políticas públicas de cada Estado; los consejos locales de planificación pública (CLPP) de cada municipio; los consejos de planificación comunal y los consejos comunales.
            Estos planes se encuentran vinculados a su vez con las distintas instancias de planificación previstas en el Sistema Nacional de Planificación, distribuidas de manera jerárquica según los niveles de toma de decisiones que cada una conlleve, a saber:
Nivel Nacional; a este nivel encontramos el Consejo Federal de Gobierno, previsto en la Constitución en su artículo 185 como el órgano encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y de transferencia de competencias desde el Poder Nacional hacia los Estados y Municipios; está constituido por poder ejecutivo en pleno (Viceministro y Ministros), los Gobernadores de cada entidad y la representación de un Alcalde por Estado, así como de actores de la sociedad organizada.

Nivel Estadal; el Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, presidido por los gobernadores de cada entidad, tiene por objetivo, según el artículo 25 de la Ley Orgánica de Planificación (LOP), asegurar la coordinación y participación social en la formulación y seguimiento del Plan Estadal de Desarrollo, así como también de los programas y acciones que se ejecuten en cada estado, a fin de garantizar que los mismos se encuentre debidamente articulados con los planes nacionales y regionales correspondientes.

Nivel Municipal; Esta instancia está contenida en los Consejos Locales de Planificación, presididos por cada Alcalde de los Municipios correspondientes, quienes deben elaborar el Plan Municipal de Desarrollo, en concordancia con los planes nacionales, regionales y esta-dales. La coordinación de este instrumento debe ir de la mano con los Consejos Locales, los cuales, según el articulado de la Ley de Planificación, deben ser alimentados por los Consejos Parroquiales de Planificación y otros instrumentos de organización comunitaria que permitan complejizar y auditar la pertinencia, eficacia y eficiencia de los proyectos que devienen de la planificación estadal y municipal.

Relación  que tiene el presupuesto con la planificación 


Tanto la planificación como el presupuesto son instrumentos que son iguales de útiles en organismos gubernamentales y privados.
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El presupuesto es un acto de gobierno por el cual se prevén los ingresos y gastos y se autorizan por un periodo futuro determinado, el cual es de un año, es decir, el presupuesto constituye un instrumento, por lo que se puede decir  que en la planificación se coordinan objetivos, se prevén hechos, se proyectan tendencias, implica además del  diagnóstico, la tarea de planificar el futuro.


En síntesis, el presupuesto es el mejor instrumento para determinar la política financiera que ha de seguir el país, pues todas las decisiones del gobierno tienen consecuencia financiera y estas, a su vez, influyen en todas las ramas de la economía.
En Venezuela existen leyes en donde se establecen procedimientos y pautas para la planificación y el presupuesto, para todos los sectores del estado para garantizar y cubrir las necesidades básicas de cada uno de estos, así como el conjunto de bienes materiales de que disponen los que manejan las instituciones políticas, como lo son el ejecutivo nacional conjuntamente con el ministerio de planificación y presupuesto para atender las necesidades colectivas de los diversos sectores que integran la sociedad, es por lo que en mi criterio la forma de construir, administrar e intervenir en el patrimonio público, conforme a las reglas y normas que así lo determinan ha sufrido por las situaciones políticas, económicas y sociales que atraviesa hoy en día nuestro país, debido a los altos índices de corrupción, de la fuga del presupuesto a otras partidas que no son prioritarias para el colectivo.
http://es.slideshare.net/joselyn091/planificacion-y-presupuesto-infograma

http://www2.ula.ve/cja/images/stories/cja/ley-organica-de-planificacion-publica.pdf


Normas que regulan la planificación en  Venezuela



Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)

Artículo: 166 En cada Estado se creará un Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, presidido por el Gobernador o Gobernadora e integrado por los Alcaldes o Alcaldesas, los directores o directoras estadales de los ministerios; y una representación de los legisladores elegidos o legisladoras elegidas por el Estado a la Asamblea Nacional, del Consejo Legislativo, de los concejales o concejalas y de las comunidades organizadas, incluyendo las indígenas donde las hubiere. El mismo funcionará y se organizará de acuerdo con lo que determine la ley.


Ley de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas de (2002)

            Los Consejos Estadales de Coordinación y Planificación de Políticas Públicas (CEPLACOPP) son unas nuevas instancias de naturaleza político-territorial; correspondiente a cada una de las entidades federales que conforman la República Bolivariana de Venezuela y, cuyo objeto fundamental es la planificación del desarrollo de la entidad a la que pertenece.

Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2005)

Artículo 109.- El Consejo Local de Planificación Pública es el órgano encargado de integrar al gobierno municipal y las comunidades organizadas en el proceso de formación e instrumentación del Plan Municipal de Desarrollo. Su funcionamiento se regirá por lo establecido en la ley especial y en la respectiva ordenanza.

Artículo 110.- Una vez elegido o elegida, el Alcalde o Alcaldesa deberá, dentro de los ciento ochenta (180) días siguientes a su toma de posesión, presentar ante el Consejo Local de Planificación Pública.

Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública  (2006)

            Los Consejos Locales de planificación pública constituyen la Instancia de participación ciudadana, encargada del proceso de formulación , seguimiento, control y evaluación de los planes de desarrollo municipales, garantizados así, resultados dirigidos al desarrollo del espacio geopolítico en función de la prosperidad económica y el bienestar social de su población.

           
Ley del Consejo Federal de Gobierno (2010)

            El Consejo Federal de Gobierno es un organismo compuesto por los Poderes Municipales, Estadales y Nacionales de la República Bolivariana de Venezuela, cuyo objeto es profundizar el proceso descentralizador del Estado.
            Es el órgano encargado la coordinación y la planificación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios.
           
Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular (2010)

Objeto de la Ley (Artículo 1):Desarrollar y fortalecer el Poder Popular mediante el  establecimiento de los principios y normas que sobre la planificación rigen a las ramas del Poder Público y las instancias del Poder Popular, así como la organización y funcionamiento de los órganos encargados de la planificación y coordinación de las políticas públicas.

     FASES DE LA PLANIFICACIÓN VENEZOLANA     



     El proceso de planificación es concebido como un proceso de construcción a partir del cual se establecen trayectorias hacia objetivos que modifiquen las condiciones iniciales. Posterior a la ejecución se requiere la evaluación de los resultados y medición de impacto, no sin antes contar con el control social y el seguimiento a la trayectoria. Las etapas a seguir se resumen en los siguientes:  


• Construcción: definición en un plan de una o varios objetivos, partiendo de determinadas condiciones iniciales y estableciendo las trayectorias que conduzcan de las condiciones iniciales al objetivo.


•Objetivos: el conjunto de proposiciones deseables a futuro para un período determinado, elaboradas por los órganos de planificación.



Condiciones iniciales: un conjunto de características de la realidad del país al momento de la planificación.


Trayectorias: las vías de transición de las condiciones iniciales a la imagen objetivo.

Evaluación de resultados: la valoración de los órganos de planificación, que les permite comprobar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en el plan.


• Control social: la participación de los sectores sociales en la supervisión y evaluación del cumplimiento de las acciones planificadas, y la proposición de correctivos, cuando se estimen necesarios.


 Seguimiento a la trayectoria: la potestad de los órganos de planificación de evaluar si las acciones implementadas conducen al logro de las metas y objetivos estableci-dos en el plan, o si aquéllas deben ser modificadas.


• Medición del impacto: de las acciones de la planificación, conocer sus efectos en el logro de la imagen objetivo.
 Para lograr el objetivo de los planes deben ser técnica, financiera y sociopolíticamente viables lo que significa:

• Viabilidad socio-política: que el desarrollo de los planes cuenten con la participación y el apoyo de los sectores sociales.

• Viabilidad económico–financiera: que el desarrollo de los planes cuenten con suficientes recursos humanos, naturales y financieros.

• Viabilidad técnica: que los planes se elaboren, ejecuten y evalúen con el suficiente conocimiento instrumental y la terminología apropiada.


Temas relacionados 


http://www.monografias.com/trabajos35/planificacion/planificacion.shtml#ixzz3Jy3MVBlL 1OJd

http://es.slideshare.net/joselyn091/planificacion-y-presupuesto-infograma

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
CASTELLANO, B. Hercilio y VADELL Hermano. Caracas, diciembre de 1990. El Oficio del Planificador.
MELINKOFF, V. Ramón. 1990. Caracas. Los Procesos Administrativos. Editorial Panapo C. A.
GOLDEFEDER Guitela y AGUIRRE Eduardo. Planificación y Administración. Editorial Trillas.
Weber, Max (1999), “La burocracia”, en Clásicos de la administración pública, J. M. Shafritz y A. C.
Hyde (eds.), México, Fondo de Cultura Económica (Nuevas Lecturas de Política y Gobierno).
Wilson, Woodrow (1999), “El estudio de la administración”, en
Clásicos de la administración pública
                                       



                                                      

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